Ayudas de apoyo a inversiones productivas y tecnológicas para pymes autónomos y comunidades de bienes

Importe: Subvención a fondo perdido con una intensidad máxima del 45% para pequeñas empresas y del 35% para medianas empresas, sobre los costes elegibles, y un importe máximo por beneficiario de 50.000 euros.

Beneficiario: PYMES autónomos y PYMES comunidades de bienes, de cualquier sector de actividad salvo las dedicadas a la pesca, acuicultura, producción primaria de los productos agrícolas enumerados en el Anexo I del Tratado, y a los sectores del acero, carbón, construcción naval, fibras sintéticas, transporte e infraestructuras conexas y de investigación, que realicen una inversión elegible en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Gastos elegibles: La adquisición de activos productivos materiales nuevos (incluidos gastos de transporte y embalaje), realizada a terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.

  • Inversión mínima de 100.000 euros.
  • Inversión no iniciada antes de la presentación de la solicitud

Quedan excluidos la compra de: Terrenos, edificaciones, obra civil (excepto la estrictamente necesaria para la puesta en funcionamiento del nuevo equipo), gastos de formación, gastos de dietas y desplazamiento para la puesta en marcha de los nuevos equipos.

Plazo de presentación: desde las 9:00 horas del 18 de mayo hasta el hasta un plazo máximo de dos meses desde la fecha de publicación del extracto de la convocatoria.

Extracto de la Resolución de 28 de abril de 2023, de la Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia, por la que se aprueba la convocatoria para Pymes autónomos y comunidades de bienes, de ayudas a inversiones productivas y tecnológicas.