15 Nov Ayudas de carácter extraordinario para pymes y autónomos del sector de la hostelería y el turismo
BORM 6883 CONVC ABIERTA AYUDAS EXTRAORD 17NOV21
Podrán acogerse a las ayudas previstas en las presentes Bases las pymes, micropymes o autónomos con actividad de guía de turismo, turismo activo, agencia de viajes, organización de congresos u hostelería (bares, cafeterías, restaurantes, ocio nocturno, discotecas, empresas de catering y salones de celebraciones) y la concesión de la misma se realizará por orden de entrada de las solicitudes.
Cada persona física o jurídica podrá presentar únicamente una solicitud, si bien podrá recibir una ayuda por cada centro de trabajo, con un límite máximo de 42.000 euros por beneficiario.
La cuantía de la subvención a conceder en cada caso se calculará teniendo en cuenta el numero de trabajadores en el período del 15/03/2019 al 14/03/2020.
-Para guías de turismo, y pymes, micropymes y autónomos con actividad de turismo activo, agencia de viajes u organización de congresos, el importe de la ayuda por centro de trabajo será:
Guías de turismo por cuenta ajena, 750 €.
Empresas o autónomos de hasta 5 trabajadores, 1.000 €.
Empresas o autónomos entre 6 y 25 trabajadores, 2.000 €.
Empresas o autónomos entre 26 y 50 trabajadores, 3.000 €.
Empresas o autónomos con más de 50 trabajadores, 4.000 €.
-En el caso de pymes, micropymes y autónomos con actividad de hostelería (bares, cafeterías, restaurantes, ocio nocturno, discotecas, empresas de catering y salones de celebraciones), la cuantía de la subvención se hará con arreglo a estos criterios:
Empresas o autónomos de hasta 5 trabajadores, 4.000 €.
Empresas o autónomos entre 6 y 19 trabajadores, 6.000 €.
Empresas o autónomos entre 20 y 25 trabajadores, 9.500 €.
Empresas o autónomos entre 26 y 50 trabajadores, 10.500 €.
Empresas o autónomos con más de 50 trabajadores, 14.000 €.
Estas ayudas son complementarias de las que pueda aprobar el Gobierno de España, o cualesquiera otras ayudas convocadas por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con fines similares.
Plazo de presentación de solicitudes desde el 18 de noviembre hasta el 1 de diciembre de 2021 y obligatoriamente a través del formulario
específico disponible en https://sede.carm.es/