25 Jul KIT DIGITAL: Podrán solicitarlo C.B., sociedades profesionales y cooperativas agrarias a partir del 12 de septiembre
Podrán ser beneficiarios de esta Convocatoria de ayudas las entidades del artículo 7.1.b) de las Bases Reguladoras, esto es, comunidades de bienes, sociedades civiles con objeto mercantil, sociedades civiles profesionales y explotaciones agrarias de titularidad compartida, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en los Segmentos que establece el artículo 7.2 de las Bases Reguladoras:
a) Segmento I: Pequeñas empresas entre 10 y menos de 50 empleados.
b) Segmento II: Pequeñas empresas o Microempresas entre 3 y menos de 10
empleados.
c) Segmento III: Pequeñas empresas o Microempresas entre 0 y menos de 3
empleados.
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 12 de septiembre de 2023, a las 11:00 horas, hasta el 31 de diciembre de 2024, a las 11:00 horas.
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