09 Feb Nivel de alerta sanitaria a 9 de febrero de 2022 en la Comarca de Cartagena.
Destacamos: El aforo máximo permitido con carácter general en todos los sectores de actividad, a excepción de la hostelería y restauración, las celebraciones y el ocio nocturno, será del 100% en el exterior y del 75% en el interior de los locales, sin que resulten de aplicación los límites máximos de personas y de participantes en grupos previstos en la citada Orden de 1 de febrero de 2022.
El aforo máximo permitido en los establecimientos de hostelería y restauración, celebraciones y ocio nocturno, incluidas aquellas fiestas que
incluyan música y consumo de alimentos o bebidas, será el establecido para ellos en el artículo 4 de la Orden de 1 de febrero de 2022.