Nueva oportunidad para solicitar ayudas para el apoyo a la solvencia empresarial

Extracto de la Resolución de 9 de septiembre de 2021 de la Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de la segunda convocatoria para 2021 de ayudas directas a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

-Beneficiarios: Empresas, empresarios o profesionales y entidades de las actividades incluidas en el Anexo I. (Pincha aquí para consultarlo)

-Plazo se solicitud: desde las 9:00 horas del día 15 de septiembre hasta el 1 de octubre de 2021.

Más información y solicitud a través del acceso a la página web https://ayudasolvenciaempresarial.institutofomentomurcia.es/

Orden de 31 de mayo de 2021 de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se aprueban las bases reguladoras de la línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas de la Región de Murcia, previstas en el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, modificado por el Real Decreto-Ley 6/2021, de 20 de abril.

Extracto de la Resolución de 3 de junio de 2021 de la Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de convocatoria de ayudas directas a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19.

Orden por la que se modifica la Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía, de 31 de mayo de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de la Línea COVID de ayudas directas a autónomos y empresas de la Región de Murcia, previstas en el Real Decreto-Ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, modificado por Real Decreto-Ley 6/2021, de 20 de abril.

Estas subvenciones tienen carácter finalista y solo están destinadas al pago a proveedores, incluidas las nóminas de los trabajadores, y otros acreedores, financieros y no financieros, así como costes fijos incurridos, siempre que estén comprendidos entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.

La concesión de estas subvenciones será bajo el régimen de concurrencia competitiva.