Programa de apoyo al mantenimiento de la actividad comercial y otras actividades no esenciales (actualizado a 7/09/2021)

Orden de la Consejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de mantenimiento de la actividad comercial y otras actividades no esenciales para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19.

Extracto de la Resolución de 19 de julio de 2021 de la Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de convocatoria de ayudas para el mantenimiento de la actividad comercial y otras actividades no esenciales para paliar los efectos de la pandemia COVID-19.

-Objeto: apoyar a las empresas dedicadas a actividades no esenciales relacionadas en el Anexo de la Orden de las bases reguladoras, cuya actividad ha resultado afectada y significativamente reducida, como consecuencia de la crisis sanitaria de la COVID-19.

-Beneficiarios: PYMES, personas físicas (autónomos) y jurídicas, con cuatro o menos empleados de plantilla media entre el 14 de marzo de 2.020 y 30 de junio de 2.021.

-Cuantía de la subvención: La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento, a cada beneficiario, por la mera concurrencia de las condiciones previstas en esta Orden, será de 3.500€ por beneficiario.

-Presentación y plazo: a partir de las 9:00 horas del 23 de julio de 2021 hasta las 24:00 horas del día 10 de septiembre de 2021, a través de https://sede.institutofomentomurcia.es/infodirecto

Modificación del extracto de la Resolución de 19 de julio de 2021 de la Presidenta del Instituto de Fomento de la Región de Murcia de convocatoria de ayudas para el mantenimiento de la actividad comercial y otras actividades no esenciales para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia del COVID-19.