Se prorrogan las medidas restrictivas en el transporte de personas

Orden de 18 de septiembre de 2020 de la Consejería de Salud, por la que se modifica y prorroga la Orden de 19 de agosto de 2020, por la que se adoptan medidas restrictivas adicionales en materia de transporte de personas, para hacer frente a la evolución desfavorable de la epidemia de COVID-19 producida en los últimos días en la Región de Murcia.

Se prorroga la vigencia de la Orden de 19 de agosto de 2020, de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas restrictivas adicionales en materia de transportes de personas, para hacer frente de evolución desfavorable de la epidemia de COVID-19 producida en los últimos días en la Región de Murcia, durante un período adicional de 30 días naturales, a contar desde las 00:00 horas del día 19 de septiembre de 2020.

Se adiciona un nuevo apartado 10 al artículo 2, con el siguiente tenor literal:

“En los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.

En el caso de que todos los usuarios convivan en el mismo domicilio, podrán ir tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor.

El asiento correspondiente a la fila del conductor deberá permanecer siempre vacío.”