30 Oct Se suspende la actividad en el interior de los locales de hostelería y restauración y juego y apuestas en Torre Pacheco
Se suspende con carácter temporal la actividad en el interior de los locales de hostelería y restauración y la prestación del servicio de comidas y bebidas de cualquier tipo de establecimientos y la actividad de los locales de juego y apuestas en los municipios a que se refiere la presente Orden.
Dicha actividad podrá ser desarrollada únicamente en terrazas o espacios al aire libre, de conformidad con las reglas de prevención y aforo establecidas en la normativa citada en el artículo anterior.
La presente Orden tendrá una vigencia de catorce días naturales, a contar desde las 00:00 horas del día de su publicación.
Esta vigencia podrá ser prorrogada o modulada si así lo requiere la evolución de la situación epidemiológica de cada uno de los municipios afectados.
La Fase 1 flexibilizada establece el aforo del comercio al 40% y la prohibición de restauración en interior. Las terrazas mantienen la capacidad al 100%, debiendo guardar la distancia de seguridad.